viernes, 30 de noviembre de 2012

A propósito de la puesta en libertad del líder de la trama del caso “Emperador”. ¿Es justa y racional la Justicia? “Summum ius, summa iniuria”



“Summum ius, summa iniuria” es un aforismo latino que se puede traducir por "sumo derecho, suma injusticia", "a mayor justicia, mayor daño" o "suma justicia, suma injusticia", en el sentido de que la aplicación de la ley al pie de la letra a veces puede convertirse en la mayor forma de injusticia.
Es una cita original de la obra De officis de Cicerón y fue usada después por otros muchos autores pues se hizo proverbial. Anteriormente se conoció una frase con sentido similar “ius summum saepe summast malitia” , ésta dicha por un personaje de la comedia Heautontimorumenos de Terencio.
(De Wikipedia y otras fuentes)
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“No le ha quedado otra opción que acatar las órdenes de la Audiencia Nacional, aunque se muestra en franco desacuerdo con ellas. El juez Fernando Andreu ha puesto en libertad a Gao Ping, el máximo líder de la trama de blanqueo de dinero desarticulada en la Operación Emperador, y a 11 miembros de su cúpula. Lo hace aplicando el criterio de la Sección Tercera de la Audiencia que, la semana pasada, declaró ilegales las detenciones de otros cuatro capos al considerar que el juez había excedido el plazo máximo de detención de 72 horas antes de enviarlos a prisión. Andreu, al decretar las excarcelaciones, acata el mandato, aunque no lo comparte. Eso sí: obliga los liberados a comparecer en su juzgado cada día, les prohíbe salir de España y les retira el pasaporte.
La sección tercera excarceló a los primeros cuatro cabecillas siguiendo el criterio del Tribunal Constitucional que, en noviembre de 2011, estableció que el juez, en caso de que hubiera ordenado él mismo la detención, tiene un plazo improrrogable de 72 horas para encarcelar al detenido. Ese plazo solo podría ampliarse en caso de que hubieran sido las fuerzas de seguridad las que hubieran ejecutado el arresto sin mandato judicial previo. Como en la Operación Emperador las 108 detenciones fueron ordenadas por Andreu, que después encarceló a 16 detenidos transcurrido ese plazo, la sección tercera declaró nulo el auto de prisión de cuatro de ellos, obligando al instructor a excarcelar a los 12 restantes (entre ellos Gao Ping) aplicando el mismo criterio.
Andreu obedeció este jueves esa orden, pero cargó contra los argumentos de la Audiencia porque considera que su caso es diferente del examinado por el Constitucional en 2011. Mientras que en este último (un arresto realizado en 2006) el juez ordenó únicamente a la policía la detención y la puesta a su disposición del detenido sin ninguna otra diligencia, en el dispositivo contra la mafia china, Andreu, además de los 108 arrestos (que se ejecutaron el 16 de octubre), mandó a los agentes que registraran 124 domicilios y locales en los que los detenidos tenían que estar presentes.
El juez explica en su resolución que lo que hizo tras las detenciones fue poner a los imputados “a disposición de la policía judicial” para que se realizaran esos registros. Una vez terminados y ante el inminente cumplimiento de las 72 horas de detención, el juez ordenó que se los entregaran, aunque manteniéndolos bajo custodia policial en comisaría. También mandó a los agentes que dejaran de practicar registros o cualquier otra diligencia con ellos al estar ya bajo su autoridad. A partir de ese momento les fue tomando declaración y enviándolos a prisión, “todo ello dentro de los plazos legalmente establecidos”, según Andreu. La sección tercera, sin embargo, considera que lo que debió hacer fue encarcelarlos sin escucharlos antes de que transcurrieran 72 horas desde la detención y posponer sus declaraciones.
Los 16 excarcelados —los cuatro de la semana pasada y los 12 del jueves— forman todos parte de la cúpula de la organización criminal cuyas declaraciones dejó el juez para el final. Además de Gao Ping, entre los excarcelados se encuentra su esposa, Yang Lizhen, y el exguardaespaldas del líder y supuesto jefe de los sicarios de la red, Li Haibo, implicado en extorsiones y amenazas a inmigrantes chinos a los que la trama prestaba dinero fuera de los cauces legales.”

El "preso brillante" no enseñará taichi en la cárcel de Villena

EZEQUIEL MOLTÓ, Villena
En un flamante Mercedes, y vestido con una chaqueta negra, Gao Ping ha abandonado esta noche la cárcel de Villena (Alicante). El empresario chino ingresó en este centro penitenciario a finales de octubre y, tras conocerse su inminente salida, decenas de periodistas se apostaron ante el penal para espiar cualquier movimiento.
A las cuatro y media entró otro ciudadano chino al recinto. Cuando ya era de noche, y la temperatura era gélida, el empresario ha salido de prisión. A bordo de un coche de lujo de color negro, ha esquivado a los medios de comunicación. No ha querido hacer declaraciones. Su único gesto: indicar que no con su mano. Gao Ping iba arropado por otros tres compatriotas. Uno de ellos, trajeado de negro, iba sentado a su lado. El coche del supuesto jefe mafioso chino iba escoltado por otro vehículo. Los dos automóviles dejaron el recinto en cuestión de segundos.
El supuesto cabecilla de la red desmantelada en la operación Emperador ha estado estas semanas en el módulo MER-7 de esta cárcel, inaugurada en 2002, con una capacidad inicial de 723 internos. Según fuentes penitenciarias se alojó en un módulo “suave” en el que debía cumplir una serie de normas referentes a la limpieza, al orden y la asistencia de actividades.
El periódico alicantino Información publicó que Ping confesó a algunos presos que si tuviera que quedarse mucho tiempo en prisión “estaría dispuesto a dar clases de taichi”. Su principal ocupación durante estos últimos días fue la limpieza de cristales. En las clases y talleres destacaba como un “alumno brillante”. El empresario recibió varias visitas de su abogado y tenía intervenidas la correspondencia y sus comunicaciones.
(De “El País”, 30/11/2012)
Cualquier ciudadano de a pie se preguntará que cómo es posible que pasen estas cosas, cómo es posible que estos presuntamente implicados en tantas actuaciones “presuntamente” delictivas, hayan de ser imperativamente puestos en libertad, por un aparente descuido del juez instructor de la causa en el cómputo de los plazos de detención.
No es nada fácil, ciertamente, ni comprender ni explicar que así haya de hacerse, aunque los quienes entendemos “un poco” y sufrimos “un mucho” los devaneos de esa señora de los ojos vendados llamada Justicia, lo aceptamos , o “acatamos”, aunque en ocasiones no lo entendemos ni poco ni mucho.
Hay que superar el “populismo” del tema, y adentrarse en los conceptos esenciales de los derechos y libertades de los ciudadanos en un Estado de Derecho como el nuestro, para alcanzar la verdadera dimensión de la resolución de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, declarando la necesidad de excarcelar a los implicados que el juez instructor había ingresado en prisión. por un error de cálculo en el tiempo de detención, que es tan discutible y opinable como que el propio juez y el fiscal disienten de ello, y solamente por el acatamiento a las resoluciones de un órgano jurisdiccional superior se ponen en práctica.
Es en la colisión entre derechos y libertades constitucionales y principios del derecho punitivo en los que hay que buscar la razón de la resolución excarcelatoria, por aquello de que cualquier infracción esencial en la privación de libertad debe implicar la liberación.
Es bien cierto, y lo venimos conociendo cuando se anulan las escuchas telefónicas, por ejemplo, que la vulneración de los principios constitucionales sobre `preservación de las libertades acarrea la nulidad de lo actuado, pero en este caso, por la opinabilidad del tema, parece más bien que se trata de que prevalezca la Constitución sobre la norma habitual.
La realidad, el problema al mismo tiempo, de la Justicia, es que como afecta a todos, todos pueden opinar sobre ella, obviando los intrincados vericuetos de la ciencia jurídica, de la ciencia política y de la recta sapiencia en el proceloso y a veces arduo mundo del Derecho.
No es nuestro papel sentar criterio sobre lo acontecido en el caso “Emperador”, pero sí dejar claro que, sintiéndonos del pueblo (en cuanto a lamentar que tan “presuntos” delincuentes hayan de quedar excarcelados), no podemos sustraernos de nuestra formación jurídica y de nuestra convicción democrática, y, siendo así, quede claro que estamos de acuerdo –aunque nos duela y nos resistamos a aceptarlo— enque la salvaguarda de las libertades democráticas resulta esencial en el Estado de Derecho. Más vale un culpable liberado que un inocente condenado, suele decirse.
La pena es que esa exquisita aplicación de los principios constitucionales no aparezca cuando hay que perseguir abusos y expolios de los políticos que sufrimos, y que a diario tengamos que estar escuchando que éste o aquél es “presunto”, o está “implicado”, conceptos muy distorsionados al presente, ya que que presunto no es más que presumido o presumible (por tanto no cierto) e implicado no es más que una condición declarada a priori por un Tribunal para proteger derechos de un ciudadano que es llamado a declarar, con cierto riesgo de resultar afectado en sus derechos.
De esta manera, muchos “imputados” son ”linchados” por la opinión pública y mediática, al tiempo que muchos “presuntos” son más ciertos que la verdad misma.
En definitiva, que prevalezca la ley, la Constitución, y los derechos para todos; pero que no se nos llene la vida diaria de delincuentes sobreprotegidos por la literalidad de la Constitución Española.
Y, pese a todo, si el líder chino fue peligroso y delinquió, ¿no son nuestros legisladores capaces de concebir alguna fórmula que permita evitar alarmas ciudadanas como la que estamos soportando? ¿Nadie se atreverá a concebir una fórmula intermedia que permita subsanar situaciones tan hirientes como la que motiva este comentario?
El “summum ius, summa iniuria”, esa aplicación de la Ley por encima de todo, bien requeriría que alguno de los dignos “aprovechados” del Poder judicial explicara lisa y llanamente por qué a quien se considera tan peligroso en la delincuencia se le facilita la excarcelación por aquello del “donde digo digo, digo diego”, mientras a otros que son como “siervos de la gleba” les aplasta el peso de la Justicia.
¡Ojalá se nos aplicara a todos esa misma dulzura constitucional!
¡Ojalá fuera vigente aquel principio de que “Justititia dulcore misericordiae temperatur”.
Pero no. ni la misericordia está en nuestras vidas, ni en la Justicia impera la racionalidad.
¡Que somos humanos, no lo olvidemos!

“La libertad es, en la filosofía, la razón; en el arte, la inspiración; en la política, el Derecho”.- Victor Hugo (1802-1885) Novelista francés.
APB,
POR EL COLECTIVO DE JURISTAS DEL CENTRO EUROPEO PRO ASESORAMIENTO Y NEGOCIOS, SCP