viernes, 30 de noviembre de 2012

A propósito de la puesta en libertad del líder de la trama del caso “Emperador”. ¿Es justa y racional la Justicia? “Summum ius, summa iniuria”



“Summum ius, summa iniuria” es un aforismo latino que se puede traducir por "sumo derecho, suma injusticia", "a mayor justicia, mayor daño" o "suma justicia, suma injusticia", en el sentido de que la aplicación de la ley al pie de la letra a veces puede convertirse en la mayor forma de injusticia.
Es una cita original de la obra De officis de Cicerón y fue usada después por otros muchos autores pues se hizo proverbial. Anteriormente se conoció una frase con sentido similar “ius summum saepe summast malitia” , ésta dicha por un personaje de la comedia Heautontimorumenos de Terencio.
(De Wikipedia y otras fuentes)
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“No le ha quedado otra opción que acatar las órdenes de la Audiencia Nacional, aunque se muestra en franco desacuerdo con ellas. El juez Fernando Andreu ha puesto en libertad a Gao Ping, el máximo líder de la trama de blanqueo de dinero desarticulada en la Operación Emperador, y a 11 miembros de su cúpula. Lo hace aplicando el criterio de la Sección Tercera de la Audiencia que, la semana pasada, declaró ilegales las detenciones de otros cuatro capos al considerar que el juez había excedido el plazo máximo de detención de 72 horas antes de enviarlos a prisión. Andreu, al decretar las excarcelaciones, acata el mandato, aunque no lo comparte. Eso sí: obliga los liberados a comparecer en su juzgado cada día, les prohíbe salir de España y les retira el pasaporte.
La sección tercera excarceló a los primeros cuatro cabecillas siguiendo el criterio del Tribunal Constitucional que, en noviembre de 2011, estableció que el juez, en caso de que hubiera ordenado él mismo la detención, tiene un plazo improrrogable de 72 horas para encarcelar al detenido. Ese plazo solo podría ampliarse en caso de que hubieran sido las fuerzas de seguridad las que hubieran ejecutado el arresto sin mandato judicial previo. Como en la Operación Emperador las 108 detenciones fueron ordenadas por Andreu, que después encarceló a 16 detenidos transcurrido ese plazo, la sección tercera declaró nulo el auto de prisión de cuatro de ellos, obligando al instructor a excarcelar a los 12 restantes (entre ellos Gao Ping) aplicando el mismo criterio.
Andreu obedeció este jueves esa orden, pero cargó contra los argumentos de la Audiencia porque considera que su caso es diferente del examinado por el Constitucional en 2011. Mientras que en este último (un arresto realizado en 2006) el juez ordenó únicamente a la policía la detención y la puesta a su disposición del detenido sin ninguna otra diligencia, en el dispositivo contra la mafia china, Andreu, además de los 108 arrestos (que se ejecutaron el 16 de octubre), mandó a los agentes que registraran 124 domicilios y locales en los que los detenidos tenían que estar presentes.
El juez explica en su resolución que lo que hizo tras las detenciones fue poner a los imputados “a disposición de la policía judicial” para que se realizaran esos registros. Una vez terminados y ante el inminente cumplimiento de las 72 horas de detención, el juez ordenó que se los entregaran, aunque manteniéndolos bajo custodia policial en comisaría. También mandó a los agentes que dejaran de practicar registros o cualquier otra diligencia con ellos al estar ya bajo su autoridad. A partir de ese momento les fue tomando declaración y enviándolos a prisión, “todo ello dentro de los plazos legalmente establecidos”, según Andreu. La sección tercera, sin embargo, considera que lo que debió hacer fue encarcelarlos sin escucharlos antes de que transcurrieran 72 horas desde la detención y posponer sus declaraciones.
Los 16 excarcelados —los cuatro de la semana pasada y los 12 del jueves— forman todos parte de la cúpula de la organización criminal cuyas declaraciones dejó el juez para el final. Además de Gao Ping, entre los excarcelados se encuentra su esposa, Yang Lizhen, y el exguardaespaldas del líder y supuesto jefe de los sicarios de la red, Li Haibo, implicado en extorsiones y amenazas a inmigrantes chinos a los que la trama prestaba dinero fuera de los cauces legales.”

El "preso brillante" no enseñará taichi en la cárcel de Villena

EZEQUIEL MOLTÓ, Villena
En un flamante Mercedes, y vestido con una chaqueta negra, Gao Ping ha abandonado esta noche la cárcel de Villena (Alicante). El empresario chino ingresó en este centro penitenciario a finales de octubre y, tras conocerse su inminente salida, decenas de periodistas se apostaron ante el penal para espiar cualquier movimiento.
A las cuatro y media entró otro ciudadano chino al recinto. Cuando ya era de noche, y la temperatura era gélida, el empresario ha salido de prisión. A bordo de un coche de lujo de color negro, ha esquivado a los medios de comunicación. No ha querido hacer declaraciones. Su único gesto: indicar que no con su mano. Gao Ping iba arropado por otros tres compatriotas. Uno de ellos, trajeado de negro, iba sentado a su lado. El coche del supuesto jefe mafioso chino iba escoltado por otro vehículo. Los dos automóviles dejaron el recinto en cuestión de segundos.
El supuesto cabecilla de la red desmantelada en la operación Emperador ha estado estas semanas en el módulo MER-7 de esta cárcel, inaugurada en 2002, con una capacidad inicial de 723 internos. Según fuentes penitenciarias se alojó en un módulo “suave” en el que debía cumplir una serie de normas referentes a la limpieza, al orden y la asistencia de actividades.
El periódico alicantino Información publicó que Ping confesó a algunos presos que si tuviera que quedarse mucho tiempo en prisión “estaría dispuesto a dar clases de taichi”. Su principal ocupación durante estos últimos días fue la limpieza de cristales. En las clases y talleres destacaba como un “alumno brillante”. El empresario recibió varias visitas de su abogado y tenía intervenidas la correspondencia y sus comunicaciones.
(De “El País”, 30/11/2012)
Cualquier ciudadano de a pie se preguntará que cómo es posible que pasen estas cosas, cómo es posible que estos presuntamente implicados en tantas actuaciones “presuntamente” delictivas, hayan de ser imperativamente puestos en libertad, por un aparente descuido del juez instructor de la causa en el cómputo de los plazos de detención.
No es nada fácil, ciertamente, ni comprender ni explicar que así haya de hacerse, aunque los quienes entendemos “un poco” y sufrimos “un mucho” los devaneos de esa señora de los ojos vendados llamada Justicia, lo aceptamos , o “acatamos”, aunque en ocasiones no lo entendemos ni poco ni mucho.
Hay que superar el “populismo” del tema, y adentrarse en los conceptos esenciales de los derechos y libertades de los ciudadanos en un Estado de Derecho como el nuestro, para alcanzar la verdadera dimensión de la resolución de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, declarando la necesidad de excarcelar a los implicados que el juez instructor había ingresado en prisión. por un error de cálculo en el tiempo de detención, que es tan discutible y opinable como que el propio juez y el fiscal disienten de ello, y solamente por el acatamiento a las resoluciones de un órgano jurisdiccional superior se ponen en práctica.
Es en la colisión entre derechos y libertades constitucionales y principios del derecho punitivo en los que hay que buscar la razón de la resolución excarcelatoria, por aquello de que cualquier infracción esencial en la privación de libertad debe implicar la liberación.
Es bien cierto, y lo venimos conociendo cuando se anulan las escuchas telefónicas, por ejemplo, que la vulneración de los principios constitucionales sobre `preservación de las libertades acarrea la nulidad de lo actuado, pero en este caso, por la opinabilidad del tema, parece más bien que se trata de que prevalezca la Constitución sobre la norma habitual.
La realidad, el problema al mismo tiempo, de la Justicia, es que como afecta a todos, todos pueden opinar sobre ella, obviando los intrincados vericuetos de la ciencia jurídica, de la ciencia política y de la recta sapiencia en el proceloso y a veces arduo mundo del Derecho.
No es nuestro papel sentar criterio sobre lo acontecido en el caso “Emperador”, pero sí dejar claro que, sintiéndonos del pueblo (en cuanto a lamentar que tan “presuntos” delincuentes hayan de quedar excarcelados), no podemos sustraernos de nuestra formación jurídica y de nuestra convicción democrática, y, siendo así, quede claro que estamos de acuerdo –aunque nos duela y nos resistamos a aceptarlo— enque la salvaguarda de las libertades democráticas resulta esencial en el Estado de Derecho. Más vale un culpable liberado que un inocente condenado, suele decirse.
La pena es que esa exquisita aplicación de los principios constitucionales no aparezca cuando hay que perseguir abusos y expolios de los políticos que sufrimos, y que a diario tengamos que estar escuchando que éste o aquél es “presunto”, o está “implicado”, conceptos muy distorsionados al presente, ya que que presunto no es más que presumido o presumible (por tanto no cierto) e implicado no es más que una condición declarada a priori por un Tribunal para proteger derechos de un ciudadano que es llamado a declarar, con cierto riesgo de resultar afectado en sus derechos.
De esta manera, muchos “imputados” son ”linchados” por la opinión pública y mediática, al tiempo que muchos “presuntos” son más ciertos que la verdad misma.
En definitiva, que prevalezca la ley, la Constitución, y los derechos para todos; pero que no se nos llene la vida diaria de delincuentes sobreprotegidos por la literalidad de la Constitución Española.
Y, pese a todo, si el líder chino fue peligroso y delinquió, ¿no son nuestros legisladores capaces de concebir alguna fórmula que permita evitar alarmas ciudadanas como la que estamos soportando? ¿Nadie se atreverá a concebir una fórmula intermedia que permita subsanar situaciones tan hirientes como la que motiva este comentario?
El “summum ius, summa iniuria”, esa aplicación de la Ley por encima de todo, bien requeriría que alguno de los dignos “aprovechados” del Poder judicial explicara lisa y llanamente por qué a quien se considera tan peligroso en la delincuencia se le facilita la excarcelación por aquello del “donde digo digo, digo diego”, mientras a otros que son como “siervos de la gleba” les aplasta el peso de la Justicia.
¡Ojalá se nos aplicara a todos esa misma dulzura constitucional!
¡Ojalá fuera vigente aquel principio de que “Justititia dulcore misericordiae temperatur”.
Pero no. ni la misericordia está en nuestras vidas, ni en la Justicia impera la racionalidad.
¡Que somos humanos, no lo olvidemos!

“La libertad es, en la filosofía, la razón; en el arte, la inspiración; en la política, el Derecho”.- Victor Hugo (1802-1885) Novelista francés.
APB,
POR EL COLECTIVO DE JURISTAS DEL CENTRO EUROPEO PRO ASESORAMIENTO Y NEGOCIOS, SCP

jueves, 22 de noviembre de 2012

La Justicia en España: A la lentitud se suma la carestía.- Peor el remedio que la enfermedad

"Si la justicia existe, tiene que ser para todos; nadie puede quedar excluido, de lo contrario ya no sería justicia”.- Paul Auster (1947-?) Novelista y poeta estadounidense. 


“Las tasas de Gallardón sublevan a la justicia
El encarecimiento del acceso a los tribunales no se aplicará hasta dentro de “unas semanas” Nace con la oposición de partidos, sindicatos y profesionales del sector
( “El País”, V. GUTIÉRREZ CALVO / María Fabra 22 NOV 2012 )
Las nuevas tasas judiciales —que a partir de ahora pagarán todos los ciudadanos, no solo ciertas empresas como en la actualidad, y que disparan su cuantía— fueron publicadas ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrarán en vigor “en unas semanas” (no hoy mismo, como sería preceptivo, porque la gestión del cobro no se puede practicar). Nacen con la oposición de todo el sector de profesionales de la justicia —jueces, fiscales, secretarios judiciales y abogados—, de todos los partidos políticos salvo el PP y de los sindicatos.
La jurisdicción penal —que supone el 72% del total— queda exenta de las tasas, así como ciertos pleitos referidos a derechos fundamentales y algunos de los que tienen que ver con causas de familia y menores. Tampoco se pagará tasa en la primera instancia de los pleitos de lo social (por ejemplo, una demanda por despido). Para el resto, las cuantías van de los 100 euros en un procedimiento monitorio (una reclamación por una deuda) a los 1.200 euros de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Y eso es solo la tasa fija: luego hay otra variable que resultará de multiplicar por 0,5% el dinero que se reclame en el pleito; si no se reclama dinero o no está cuantificado, la tasa variable serán 90 euros.
El PSOE ha anunciado que presentará recurso ante el Tribunal Constitucional al entender que la nueva norma vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y rompe con la igualdad que proclama la ley fundamental. De momento, jueces y letrados aprovecharán las concentraciones ya convocadas para este viernes ante el Ministerio de Justicia y ante todas las sedes judiciales para manifestarse en contra de la medida.
A las tarifas fijas se añadirá una variable, en función del dinero que se reclame
Sin embargo, el Gobierno no teme el recurso del PSOE: considera que el Tribunal Constitucional ya se ha manifestado en varias ocasiones avalando la legitimidad de las tasas “si respetan el principio de proporcionalidad en función de la capacidad económica de los ciudadanos”. El subsecretario de Justicia, Juan Bravo, aseguró ayer que “el diseño de esa nueva ley de tasas respeta ese principio”.
Pero los críticos sostienen justo lo contrario: las nuevas tasas, según consideran jueces, fiscales, abogados y partidos de la oposición, dividirán a los ciudadanos entre “ricos” —los que podrán seguir acudiendo a los tribunales porque podrán pagarlo— y “pobres”, para quienes el acceso a la justicia se encarece de forma notable.
El Ministerio de Justicia, dirigido por Alberto Ruiz-Gallardón, replica con tres argumentos: que “los pobres” seguirán sin pagar tasas porque tienen derecho a la justicia gratuita; que la jurisdicción penal también sigue exenta y es el grueso de la actividad judicial; y que algún mecanismo disuasorio había que adoptar para acabar con la “excesiva litigiosidad” que hay en España (nueve millones de asuntos entraron en los juzgados el año pasado, según los datos del Consejo General del Poder Judicial). “Hay que plantearse si es justo que un servicio público que se usa de forma muy esporádica y que al Estado le cuesta mantener lo pague solo el conjunto de los contribuyentes, sin ninguna contribución del usuario”, afirma un alto cargo del Ministerio, que subraya también que muchos recurrentes alargan los pleitos con sucesivos recursos, ahora gratuitos, solo por ganar tiempo. Y concluye recordando: “Mucho más se paga por el abogado y el procurador que por estas tasas”.
El preámbulo de la norma publicada ayer señala que esta “pone todo el cuidado” en que la regulación de tasas judiciales en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social “no afecte al derecho a acceder a la justicia”.
En 1986 el Gobierno del socialista Felipe González anuló las tasas judiciales, derogando así una ley de 1959. El pago se reintrodujo en 2003, con el Gobierno de José María Aznar, pero solo para grandes empresas. A partir de ahora todos los ciudadanos habrán de pagar por presentar una demanda civil o un recurso contencioso administrativo. Justicia prevé ingresar 306 millones de euros por esta vía (el 10% de su presupuesto, menos que en otros países europeos).
El Consejo General de la Abogacía Española y representantes de la Comisión Interasociativa de Jueces y Fiscales, entidad integrada por las principales asociaciones de magistrados y fiscales, han optado por aunar esfuerzos con el fin de que se declare la inconstitucionalidad de esta ley.
Justicia subraya que los casos penales y las rentas muy bajas están exentos
Por otro lado, el líder de la oposición, Alfredo Pérez Rubalcaba, consideró la iniciativa de Gallardón como “un retroceso más” en el “sistema de derechos y libertades” y acusó al PP de utilizar la crisis “como coartada para imponer un cambio muy profundo y cargado de ideología”. “La derecha española nunca se había atrevido a tanto”, agregó el dirigente socialista.
Según la asociación de consumidores Facua, esta ley “abre la puerta a que las empresas se nieguen a acatar las decisiones del sistema de arbitraje, al obligar a los consumidores a pagar un mínimo de 200 euros para exigir su cumplimiento”. Y el Sindicato de Secretarios Judiciales (SISEJ) se quejó de la nueva Ley de Tasas que, según consideran, les convierte en “meros recaudadores” y va “contra la ciudadanía”. Los sindicatos CC OO, UGT, CSIF y USO rechazaron también las nuevas tasas judiciales.
La ley fue publicada ayer por el BOE y, por tanto, las nuevas tasas deberían entrar en vigor hoy. Pero finalmente no será hasta dentro de “unas semanas” cuando los ciudadanos que acudan a los juzgados empiecen a notarlo en su bolsillo. La aplicación de la norma se ha retrasado porque el Ministerio de Hacienda aún no ha publicado el impreso de pago, con el que los usuarios deben hacer efectivas las tasas antes de presentar las demandas y recursos que han dejado de ser gratuitos.
El subsecretario de Justicia señaló que el retraso no se ha producido por la presión de los colectivos críticos sino porque la propia ley señala que Hacienda debe publicar la orden para regular el procedimiento. Bravo comunicará hoy a los secretarios judiciales que, de momento, no se cobre ninguna tasa.”
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A lo mucho que se ha escrito y todavía ha de escribirse sobre el tema de las tasas judiciales, solamente pueden añadirse algunos puntos de vista de quienes de una u otra manera nos vemos afectados por esa Ley que las establece.
Hay que proclamar, de inicio, que todo semeja una chapuza más, porque mal se comprende que se publique una Ley, tramitada en el parlamento por el procedimiento de urgencia, repitiendo que entra en vigor al siguiente día de su publicación, para en el mismo día haber de puntualizar que sólo se aplicará cuando se hayan aprobado los modelos de impresos para ingreso de las tasas. (¿Dónde la urgencia?)
Es decir, que se aprueba una ley que es inaplicable a su entrada en vigor, probablemente porque nadie ha reparado que a esa disposición le faltaban soportes tan esenciales como los medios (formularios o impresos) para recaudar las tasas.
Pero lo más grave no radica en el hecho de que falten los dichosos impresos, sino en la irreflexión que implica el propio contenido económico de la Ley, pues establece en bastantes casos unos importes planos, sin proporción ni relación  alguna con lo que es objeto del proceso judicial, y buena prueba de ello es lo repetido de que para impugnar una multa de 100 euros hay que pagar una tasa de 200.
Se dice que la solución está en la justicia gratuita, que se anuncia va a ser reformada, pero sin armonizar esa adaptación con la entrada en vigor de la cacareada Ley, y por ello se mantiene una estructura de la justicia gratuita que se ha revelado como muy deficiente, porque son muchos los casos en que ciudadanos absolutamente arruinados no pueden acceder a ella porque en años anteriores gozaron de fortuna. Y la tramitación de los beneficios es lenta y mala. Además de que las Comunidades Autónomas, que han de pagar los servicios a los profesionales están arruinadas y lo hacen tarde y mal.
La auténtica realidad es que esta disposición legal que establece las tasas tiene esencialmente un afán recaudatorio y no el disuasorio que se ha dado como motivación, porque mal se concibe en un Estado de Derecho que por vía de costes se trate de limitar el acceso a la protección judicial.
Y detrás de esa reforma recaudatoria subyace la incapacidad para dotar adecuadamente a la Justicia, mediante los medios humanos (jueces, secretarios, funcionarios) suficientes, en tribunales suficientes, y con medios materiales adecuados, ya que la atribución de ciertas competencias al Consejo General del Poder Judicial se ha convertido en casi una entelequia, porque el poder efectivo de creación de tribunales y de dotaciones económicas lo sigue reteniendo el gobierno.
Se comprende que al actual gobierno de Mariano Rajoy le ha tocado “bailar con la más fea”, aplicando reformas que son impopulares y buscando ahorros y recortes por doquier, pero la realidad es que el “modus operandi” está siendo tan desordenado, tan falto de criterio, que un día de estos se nos mandará cualquier cosa prometiéndonos aprobar a posteriori la norma que lo autorice.
A las críticas de los colectivos implicados en la Administración de Justicia ha de añadirse la del ciudadano a pie, no ya porque llegar a los tribunales le resulte mucho más caro, sino porque además no se ha tomado en cuenta la desigualdad social de quienes acceden a los estrados.
“Visteme despacio, que tengo prisa”, reza el refrán español, desde luego inobservado, porque en el caso que comentamos, en vez de vestirnos nos han desnudado el bolsillo, y la prisa simplemente ha servido para una chapuza más.
”Cosas veredes,, amigo Sancho”, sentenció Don Quijote.
Y es verdad que aún nos quedan muchas –y no buenas— por ver y sufrir en este contexto.

EL COLECTIVO DE JURISTAS DEL CENTRO EUROPEO PRO ASESORAMIENTO Y NEGOCIOS, SCP (CEAN, SCP)

viernes, 16 de noviembre de 2012

La nueva regulación de la entrega de posesión en las ejecuciones hipotecarias: “Mucho ruido y pocas nueces”.



“Mucho ruido y pocas nueces” (Much ado about nothing, en la versión original) es una obra teatral en forma de comedia romántica escrita por William Shakespeare.



Ya sabemos que las nueces al abrirlas hacen mucho ruido, pero ¿cuándo se usa este refrán?. Pues decimos “Mucho ruido y pocas nueces” para referirnos a hechos exagerados que logran objetivos mínimos. También se usa para las promesas que no se cumplen, la palabrería, un reproche a la falsedad o a la fanfarronería, a la apariencia”
(De Wikipedia y otras fuentes)
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DESAHUCIOS | Tras el real decreto aprobado por el Gobierno
Afectados por la hipoteca denuncian que habrá que competir 'en desgracias'
La portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), Ada Colau, ha denunciado este viernes que el real decreto aprobado por el Gobierno para frenar los desahucios de las personas más vulnerables pondrá "a la gente a competir para ver quién está más enfermo y quién es más desgraciado".
El real decreto del Ejecutivo central prevé crear un parque de viviendas sociales con un alquiler barato para personas desahuciadas y fija el umbral de renta para acogerse a estas medidas en 3 veces el IPREM, que sean familias numerosas, familias con menores de tres años, incapacitados o dependientes, deudores en paro y sin prestación por desempleo o en supuestos de violencia de género.
"Vamos a poner a la gente a competir para ver quién está más enfermo y quién es más desgraciado para ver si entras o no en este decreto. No tiene sentido", ha aseverado Colau en declaraciones a la Cadena Ser.
Dicho esto, ha recordado que "todas las voces que se han escuchado desde el mundo judicial también lo han dicho así" y ha concretado que en ese ámbito se ha advertido de que "esto no va a cambiar la realidad de los juzgados la semana que viene ni las deudas de los afectados".
"Para nosotros toda la gente afectada es vulnerable, en la medida en que nadie deja de pagar su vivienda por voluntad propia sino que, en prácticamente todos los casos, estamos hablando de una situación de necesidad provocada por una crisis y por un 26% de paro", ha argumentado.
En su opinión, "todas las personas que, en el caso de vivienda habitual, dejan de pagar por causas ajenas a su voluntad deberían poderse acoger a una moratoria de estos desahucios". Así, ha criticado que "ahora mismo lo que se ha hecho es insistir en la misma línea del código de buenas prácticas, que ya se ha reconocido que ha sido un fracaso absoluto". "Prácticamente viene a ser la continuidad de ese código", ha insistido.
"El código de buenas prácticas era un código al que sólo se podía acoger la gente en riesgo de exclusión social y, al final, han sido pocas decenas o pocos centenares de personas los que lo han podido utilizar. Insistir en esa formula yo creo que es una falta de respeto a la ciudadanía y, en particular, a la gente afectada", ha concluido.
(De “El Mundo”, 16/11/2012)
Mucho se ha escrito sobre la injusticia que entrañan muchas de las ejecuciones hipotecarias que se vienen realizando por los Tribunales españoles, como consecuencia del enorme incremento de impagos e incumplimientos de los créditos hipotecarios concedidos para la adquisición de viviendas en tiempos bastante recientes.
Es bien cierto que la banca se lanzó de forma imprudente a conceder créditos con garantía hipotecaria, tratando más de hacer un negocio puntual y coyuntural que de desarrollar una política social de acceso a la vivienda.
Es también muy cierto que hubo muchas personas que accedieron a esas financiaciones de forma imprudente, cuando carecían de medios estables para afrontar las responsabilidades que contraían.
Pero también es una gran verdad que bastantes de las gentes que se comprometieron mediante garantía hipotecaria para la adquisición de su hogar se han visto frustradas por el desastre económico que viene asolando nuestro país y otras naciones europeas, hasta el punto de que han perdido su trabajo, han consumido el subsidio de desempleo y han llegado a agotar la ayuda de supervivencia, mínima, que se concede a los “casos terminales”.
Ha surgido por ello la controversia, bien alimentada por los medios de comunicación y redes sociales, de si hay que buscar fórmulas que eviten el lanzamiento o desposesión de las viviendas que fueron subastadas por incumplimiento en los pagos de las responsabilidades hipotecarias, ya que en bastantes casos, al interés de la entidad acreedora (como buena S.A., es “sin alma”) se opone una dramática situación económica y de supervivencia de quien no pagó porque no pudo.
Entran así en colisión la exigencia de seguridad jurídica respecto de las hipotecas (decíase, cuando estudiábamos la carrera de Derecho, que la hipoteca era la institución proviniente del Derecho Romano, que más seguridad de cumplimiento o resarcimiento ofrecía), que son el contrato de garantía por excelencia y la exigencia de protección social a los menos poderosos.
En ese trance, los políticos, que son quienes casi siempre legislan a golpe de conveniencia, se han dejado llevar por los impactos sociales de algunas gentes que, en su desesperación por la pérdida de su vivienda, han puesto fin a sus vidas, y casi no han reparado en que en un estado de Derecho, hay que velar por los intereses de toda la ciudadanía, controlando la correcta marcha de la economía.
Así, después de prometer no se sabe cuántas cosas y remedios para ayudar a los perjudicados por las ejecuciones hipotecarias, se han hallado los partidos hegemónicos en España con que la legislación civil e hipotecaria no puede reformarse así como así, so pena de volver a un estado totalitario y de falso socialismo, en el que quebrara la confianza en las instituciones financieras, y estas mismas “huyeran” de inyectar dinero y liquidez a la vida económica.
Aunque, por otra parte, había que dar un golpe de timón y mostrar sensibilidad y protección hacia esas clases en peligro de quedarse sin hogar.
De esta guisa se ha “parido”, deprisa y corriendo, tarde y mal, ese Real Decreto-Ley, que parece redactado más desde un gabinete en la luna que desde unos expertos jurídicos y sociales, ya que apenas si contiene protección para quienes sufren las penurias de su asfixia económica y los agobios de su inmediato lanzamiento.
Y además de que el partido socialista dijo apuntarse a consensuar el decreto y, como es habitual en él, no ha sido “ni frío ni caliente” y se ha desmarcado de forma tibia e inadmisible, el partido en el gobierno se ha encontrado con que su voluntad era buena, pero sus posibilidades eran exiguas, salvo que se acometiera una reforma muy estudiada de la normativa hipotecaria y bancaria y se estableciera una auténtica política social de auxilio a los más necesitados, que es impensable hoy, cuando las instituciones oficiales están “con el agua al cuello”, reduciendo todo lo reducible y más, y debiendo dinero por doquier, hasta el punto de que inclusive algunos proveedores, como las farmacias, han debido llegar al cierre, por falta de cobro de los medicamentos que han suministrado.
Ésta es le realidad, y de ella debemos hacernos eco, porque como juristas defendemos la seguridad jurídica que emana de nuestro Código Civil y legislación complementaria; pero también como juristas (recuérdese, "non queremos semeiar boceros, mas queremos semeiar omes que fazen derecho") hemos de ser sensibles a la realidad social, que es en definitiva el bien común a proteger desde la Justicia.
¿Por qué en vez de decirse que se reducen gastos sin hacerlo realmente no se lleva a cabo un a auténtica política de austeridad, y con su ahorro se efectúa una dotación económica adecuada para subvenir, por vía de ayudas y beneficencia, las necesidades de vivienda?
¿Por qué no se tiene la valentía de establecer unos sistemas previos de arbitraje y conciliación –obligatorios, claro está— para discernir en cada caso de ejecución hipotecaria, si ésta es oportuna o procedente en función de la situación social y familiar del deudor, y así establecer moratorias u otros sistemas paliativos?
¿Por qué sigue sin diseñarse una auténtica política de alquileres accesibles, como la que prima en muchísimos países extranjeros?
Muchas más fórmulas serían viables, pero para ello hace falta auténtica voluntad y no ese sempiterno mirar de reojo las encuestas electorales, para que las tendencias de voto primen casi siempre sobre los deseables objetivos del bien común.
“Más ruido que nueces”, sí, como ya expresó en frase antológica el inigualable Shakespeare.
Y “más palabras que hechos”, añadimos por nuestra parte. 
Pues en definitiva, ya dice el refrán que "la avaricia rompe el saco", y eso va a ocurrir.
¡Ojalá los vientos de la Justicia comiencen a soplar inspiración a los legisladores y a los gobernantes y las casas que hoy son prácticamente de los bancos se conviertan en hogares felices! !Y sin deudas inasumibles!

“Se piensa que lo justo es lo igual, y así es; pero no para todos, sino para los iguales. Se piensa por el contrario que lo justo es lo desigual, y así es, pero no para todos, sino para los desiguales.”. Aristóteles (384 AC-322 AC) Filósofo griego. 

EL COLECTIVO DE JURISTAS DEL CENTRO EUROPEO PRO ASESORAMIENTO Y NEGOCIOS, SCP (CEAN, SCP)